Durante estos días estaremos en Santo Domingo de los Colorados junto con Alberto Acosta y otros candidatos nacionales y provinciales. Nuestra visita coincide con un paro del Colegio de Abogados de Santo Domingo de los Colorados que durante meses vienen exigiendo que el Consejo Nacional de la Judicatura cumpla con su resolución de crear una Corte de apelación para Santo Domingo, justificada plenamente por su población y por la actividad judicial que se desarrolla en los juzgados de primera instancia.

Este ejemplo nos permite abordar un tema fundamental para la futura Asamblea Constituyente: la organización político administrativa del Estado. Hago énfasis en que nosotros hablamos de organización y no de división política. Es paradójico que los dos casos en marcha de provincialización en nuestro país sean precisamente los de la Península de Santa Elena y de Santo Domingo de los Colorados, que se encuentran en las provincias de Guayas y Pichincha respectivamente que, supuestamente son las provincias beneficiarias del sistema centralista / bi-centralista que ha marcado la vida de nuestro país.

La paradoja de estos dos casos nos demuestra que la concentración y el centralismo son mucho mayores de lo que suponemos: los recursos, las oportunidades, los servicios no se han concentrado en determinadas provincias, la situación es todavía peor: se han concentrado en determinados cantones, e incluso en esos cantones la desigualdad es inmensa. Esta comprobación debe guiar nuestro trabajo en la Constituyente; los objetivos de una nueva organización político administrativa están relacionados con garantizar que en cualquier lugar del territorio del Ecuador, el Estado –en sus diferentes niveles de administración, Gobierno Central o administraciones seccionales- cumpla con sus obligaciones: garantice el acceso a la administración de justicia, la prestación de los servicios básicos, y el ejercicio de los derechos fundamentales contenidos en la Constitución.

La pregunta a resolver es, entonces, ¿quién hace qué?, ¿en qué territorio? y ¿con qué recursos?. Hoy en día, según la Constitución, las administraciones seccionales autónomas –excepto las Juntas Parroquiales Rurales- reciben el 15% de los ingresos corrientes del Presupuesto General del Estado; la información que tenemos muestra que en los últimos gobiernos se ha transferido casi el 30% del Presupuesto a Municipios y Prefecturas; lo grave es que el 15% se asigna según la ley y el 15% restante de forma arbitraria y obedeciendo a presiones o simpatías políticas.

La Constitución debe determinar de forma específica qué responsabilidades le corresponde a cada nivel de administración, no más autonomía “a la carta”; no más recursos asignados de forma desigual según la presión política de determinados actores; necesitamos asegurar que los recursos se asignen con criterios claros y buscando la equidad entre el territorio; que los ciudadanos de Santo Domingo y de todas las ciudades puedan exigir a sus alcaldes los servicios básicos y que en cualquier lugar del país se pueda acceder a la administración de justicia. Las exigencias son legítimas, las soluciones deben ser justas.


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